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FacturIQ

¿Te afecta Verifactu? Compruébalo en un minuto

Verifactu afecta a casi todo el que emite facturas en España, aunque factures poco y aunque factures solo a particulares. Lo que cambia según tu caso es desde cuándo y qué tienes que hacer. Responde estas tres preguntas y te lo decimos con la fecha exacta.

¿Qué te afecta y cuándo?

Tres preguntas y te decimos tu fecha y qué necesitas hacer.

1. ¿Cómo operas?
2. ¿Cómo haces hoy tus facturas?
3. ¿A quién facturas?
Ver la misma información en forma de tabla

El wizard solo ordena estas tres tablas. Si prefieres leerlas directamente, o tienes JavaScript desactivado, aquí está la misma lógica completa.

1. Tu fecha de Verifactu, según cómo operas

Cómo operasTu fecha de Verifactu
Autónomo (IRPF) (faltan 311 días)
Sociedad (SL, SA…) (faltan 130 días)

2. Qué necesitas hacer, según cómo facturas hoy

Cómo facturas hoyQué necesitas hacer
Con un programa de facturaciónPregunta a tu proveedor si estará adaptado a Verifactu antes de tu fecha. Si no te lo garantiza por escrito, mira alternativas en el comparador.
Con Excel, Word o plantillasExcel y Word no podrán cumplir los requisitos (hash encadenado, QR, registro por factura). Antes de tu fecha necesitarás un programa adaptado.
A mano o casi no facturoNecesitarás por primera vez un programa de facturación adaptado. No tiene por qué costarte dinero: la AEAT tiene una aplicación gratuita de facturación, sin límite de facturas, que no permite tickets ni exportar después tus registros a otro programa.

3. Si te afecta la factura electrónica entre empresas

A quién facturasFactura electrónica B2B
A empresas o autónomosAdemás, la factura electrónica obligatoria entre empresas te afectará: desde octubre de 2027 si facturas más de 8 M€ al año, y desde octubre de 2028 en el resto de casos.
A ambosAdemás, la factura electrónica obligatoria entre empresas te afectará: desde octubre de 2027 si facturas más de 8 M€ al año, y desde octubre de 2028 en el resto de casos.
Solo a particularesLa factura electrónica entre empresas no te afecta mientras factures solo a particulares.

Las dos fechas que importan

Son las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025 y las únicas vigentes. Cualquier calendario anterior que hayas leído, con 2025 o 2026, está derogado.

  • Sociedades (SL, SA y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades): desde el .
  • Autónomos y el resto de obligados: desde el .

El detalle completo, con lo que ya está en vigor para los fabricantes de software, está en el calendario de Verifactu.

Qué te va a cambiar de verdad

Verifactu no cambia cómo se calcula tu IVA ni cuándo presentas tus modelos. Cambia cómo tiene que comportarse el programa con el que emites: cada factura genera un registro encadenado con el anterior mediante una huella, la factura sale con un código QR y el fabricante firma una declaración responsable de que su programa cumple.

En la práctica, para ti significa tres cosas: no vas a poder borrar una factura sin dejar rastro, vas a necesitar un programa (Excel y Word se quedan fuera) y, si eliges la modalidad de envío, tus registros llegarán a la Agencia Tributaria en el momento de emitir. Lo detallamos en los requisitos.

Ya sé que me afecta, ¿y ahora qué?

Lo siguiente es elegir con qué vas a facturar. Nuestro recomendador te lo dice en seis preguntas, con el coste real del primer año y el motivo de cada descarte; si prefieres mirarlo tú, tienes el comparador completo con todos los programas.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu me afecta si solo facturo a particulares?

Sí. Verifactu regula cómo tiene que funcionar tu programa de facturación, no a quién le facturas. La que solo afecta a quien factura a empresas o autónomos es la factura electrónica B2B, que es otra obligación distinta con su propio calendario: la explicamos en la guía de la factura electrónica.

¿Y si emito muy pocas facturas al año?

También te afecta: la norma no pone un mínimo de facturas. Lo que sí cambia es lo que te conviene: para poco volumen hay programas con plan gratuito y está la aplicación gratuita de la AEAT, con sus límites, que contamos en la guía sobre Excel y Verifactu.

¿Quién queda fuera de Verifactu?

Las exclusiones están tasadas en el artículo 3 del Real Decreto 1007/2023: entre otras, quien ya lleva el SII, quien tributa en territorio foral con domicilio fiscal fuera de territorio común y determinadas operaciones. Están detalladas en la guía de Verifactu.

¿Qué pasa si llego tarde a mi fecha?

El régimen sancionador está en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria: 50.000 € por ejercicio por tener un sistema que no cumple, y 150.000 € por ejercicio y tipo de programa para quien lo fabrica o comercializa. Lo desglosamos en la guía de sanciones.

Orientativo, no es asesoramiento fiscal. Confirma tu caso con tu asesoría.